El Gobierno adapta sólo parte de la directiva europea Mifid II

RETRASO/ Sólo regula los centros de negociación para crear certidumbre entre los operadores y evitar su huída a otros mercados, con un decreto ley por vía urgente.

A sólo un día hábil para la entrada en vigor de Mifid II el próximo 3 de enero, el Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto Ley de medidas urgentes para la adaptación parcial de la directiva europea que armoniza la regulación sobre los mercados de valores, los instrumentos financieros que se negocian, y relación con los clientes de las entidades que prestan servicios de inversión. El plazo programado para que todos los países de la Unión Europea tuvieran listas sus normativas finalizó el pasado 3 de julio. La directiva europea se aprobó en mayo de 2014.

El Gobierno adapta por vía urgente la parte que regula la negociación de los mercados ante la posibilidad de que se produjera una paralización de la actividad. De este modo, los operadores contarán con la certidumbre necesaria para actuar. También se traspone el régimen sancionador que afecta a las nuevas obligaciones de los participantes en los mercados.

El objetivo inminente de la aprobación urgente de estas medidas es preservar la liquidez y el buen funcionamiento de los mercados, ante un eventual traslado de los operadores a otras plazas financieras donde las reglas están más claras, lo que supondría una desventaja competitiva para el mercado español frente al resto de Europa, según fuentes del Ministerio de Economía. Se quiere evitar, por ejemplo, el riesgo de que un intermediario que opera en BME reciba una advertencia de su supervisor de que ese mercado no está homologado.

Las medidas necesarias para la trasposición de las otras dos grandes patas de Mifid II, el régimen de los servicios de inversión y la protección del inversor, tendrán que esperar hasta la aprobación de la reforma de la ley del Mercado de Valores, que podría salir adelante durante el primer semestre de 2018.

Contenido

El decreto publicado ayer introduce requisitos de funcionamiento y organización de los mercados regulados (bolsas de valores, Meff y Aiaff), y de los órganos rectores. Según Economía, se busca reforzar la eficiencia, transparencia y estabilidad. Se deberán implantar sistemas y procedimientos que permitan la detección de conflcitos de intereses, y garantizar que haya suficientes creadores de mercado, que facilitan la profundidad y liquidez, entre otros aspectos. Esta última figura se regula más profusamente.

También se aborda la regulación de las comisiones, para que sean transparentes, equitativas y no discriminatorias, evitando crear incentivos.

La legislación aprobada ayer incluye normas de funcionamiento de los sistemas multilaterales de negociación (SMN) y de los sistemas organizados de contratación (SOC), una figura de nueva creación para la intermediación de compra y de venta de bonos y obligaciones, titulizaciones, derechos de emisión o derivados de múltiples terceros. El objetivo es derivar cada vez más las operaciones OTC (over the counter) hacia estos centros de negociación, según explicaron en fuentes de Economía.

Sanciones

El decreto ley traspone también el régimen sancionador de Mifid II, que se aplicará sólo sobre las obligaciones que son nuevas. Supone una elevación de las sanciones aplicables. Por ejemplo, en las infracciones muy graves se pasa del límite de 600.000 euros a 5 millones de euros.