Economía quiere acotar cuanto antes la venta de deuda anticrisis al minorista

TRANSPOSICIÓN DE DIRECTIVAS EUROPEAS/ Abre a consulta pública elementos del “paquete bancario” para proteger al pequeño inversor y ampliar el colectivo de empleados de la banca con bonus regulado.

La venta de deuda anticrisis a inversores minoristas dificulta la resolución de los bancos. Es la tesis que defiende el Banco Central Europeo (BCE) y que parece haber calado en el Ministerio de Economía. En plena transposición de la directiva europea que regula el colchón anticrisis de las entidades –los activos financieros que los bancos acumulan para, en caso de estrés, poder rescatarse a sí mismos– el departamento que lidera Nadia Calviño ha sometido a consulta pública la posibilidad de adelantar la fecha a partir de la cuál se aplicarán restricciones a la venta de estos productos a particulares.

La normativa europea contempla restricciones a la comercialización de la venta de este tipo de deuda entre clientes minoristas siempre y cuando los activos se hayan emitido a partir del 28 de diciembre de 2020, fecha límite para la transposición de la directiva. Sin embargo, el Ministerio de Economía plantea al sector la viabilidad de adelantar esta fecha de forma que los inversores particulares queden protegidos, indepentientemente de cuando la regla europea se integre el ordenamiento nacional.

Porque la deuda anticrisis conlleva importantes riesgos. Precisamente por su capacidad de volatilizarse en caso de tropiezo de la entidad en cuestión, pueden hacer que el inversor pierda todo el dinero. Se evita recurrir a las arcas públicas para recapitalizar a los bancos, pero se carga con todas las pérdidas a los inversores que, en caso de no haber recibido

Junto con el ya tradicional test de idoneidad –exigido ahora para todas las inversiones con riesgo y que busca asegurar que el particular sabe qué producto está comprando– la directiva europea prohibe a los minoristas destinar más del 10% de una cartera de menos de 500.000 euros a la compra de estos productos con capacidad para absorber pérdidas. Esta limitación, eso sí, puede sustituirse por un requerimiento de inversión mínimo de 50.000 euros para la deuda anticrisis, una cuantía que “está lejos del alcance de muchos clientes minoristas” y que “conlleva un desembolso de tamaño relevante que hará que sea estudiado con detenimiento por quien vaya a realizarlo”.

Además, en la transposición de esta normativa, el Ministerio de Economía también abre a consulta pública la prerrogativa nacional de aplicar a algunos bancos de menor tamaño, pero con riesgos específicos, los criterios de subordinación de la deuda anticrisis de las entidades grandes. Este criterio de subordinación, como ya adelantó EXPANSIÓN en el momento de redacción de la normativa europea se refiere a la proporción del colchón anticrisis que debe estar compuesta por bonos y activos con mayor capacidad de absorber pérdidas.

Paquete bancario

La transposición de esta regulación europea se lleva a cabo en paralelo a otras dos directivas en lo que se conoce como el paquete bancario y que incluye la transposición de los requisitos de solvencia y capital establecidos en el acuerdo Basilea III y cambios para la suprevisión de las Empresas de Servicios de Inversión (ver información adjunta).

Como para la directiva de resolución de las entidades financieras, el Ministerio de Economía también abre a consulta pública algunas disposiciones de las otras dos normas europeas. De entre ellas, destaca especialmente la posibilidad de ampliar el colectivo de empleados de la banca que tienen su bonus sometido a una regulación específica.

Bajo la nueva norma, el bonus regulado se aplica “a todos los miembros del órgano de administración o de alta dirección, aquellos otros con responsabilidades de dirección en las funciones de control o las unidades de negocio importantes de la entidad y quienes hayan recibido una remuneración significativa en el ejercicio anterior bajo determinadas circunstancias”. La excepción son las entidades con un volumen de activos inferior a 5.000 millones y los trabajadores cuya remuneración variable no supere los 50.000 euros y cuyo bonus no sea más de un tercio de su retribución anual.

Es respecto a estas excepciones sobre las que el Ministerio de Economía tiene capacidad para ser más agresivo. Por ello, quiere conocer la opinión de la banca ante la posibilidad de que se modifiquen a la baja esos umbrales de exención.