El Banco de España, crítico con la acción de lealtad en los bancos

PROYECTO DE LEY/ El supervisor bancario ve más inconvenientes que ventajas en la aplicación a la banca de las llamadas acciones de lealtad, que premian a los accionistas con una antigüedad de dos años.

El Banco de España cree que los potenciales beneficios que puedan esgrimirse a favor de las acciones de lealtad no son evidentes, mientras que pueden apreciarse con mayor facilidad los inconvenientes de su introducción, informa EP.

Estas reticencias del supervisor se recogen en la documentación del proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros y remitido a las Cortes para su tramitación. En estos documentos reflejan la posición de diversas instituciones afectadas por la regulación que permitirá a las acciones de lealtad, que premian con más derechos de voto a los accionistas más estables por dos años. La CNMV está a favor de este iniciativa.

Para el caso específico de las entidades de crédito, el Banco de España afirma que la Autoridad Bancaria Europea (EBA por sus siglas en inglés) ha recomendado a las entidades cautela en su utilización, dadas las posibles implicaciones en el contexto de recapitalización, en la medida en que podrían dificultar la entrada de nuevos accionistas si fuera necesario, así como para la gobernanza de las entidades.

El Ministerio de Economía reconoce que, en un supuesto de recapitalización, el coste de capital de las entidades que tienen reconocidas acciones de lealtad en sus estatutos puede ser superior al de las sociedades que no disponen de ellas (debido a que las acciones de sociedades que no ofrecen derechos de voto proporcionales son objeto de descuento por el riesgo de que existan accionistas de control que puedan extraer beneficios privados del banco).

Sin embargo, afirma que fomentar la formación de accionistas de control presenta, a su vez, ventajas frente a modelos de accionariado disperso en el caso de los bancos, pues en periodos de crisis de la entidad bancaria, el accionista de control tiene más incentivos a no “votar con los pies” que los accionistas minoritarios, dado que perdería la prima de control, asegura el documento remitido a las Cortes.

Economía también ha descartado la posibilidad de introducir las acciones de lealtad pero excluyendo al sector bancario, pues en los países en los que existe esta figura, como Francia, Italia y Países Bajos, no se excluye a las entidades de crédito.

El Ministerio cree que si España se convirtiese en el único país que permitiese acciones de lealtad pero excluyese legalmente al sector bancario de la posibilidad de adoptar estatutariamente esta figura, “estaría estigmatizando peligrosamente a ese sector específico en su conjunto, frente al resto de empresas”.

Sostenido, además, que las acciones de lealtad contribuyen a desincentivar la entrada de accionistas a corto plazo e inversores meramente especuladores, lo que beneficia a la estabilidad del sistema financiero, pues los accionistas a corto plazo “tienden a preponderar la asunción de riesgos por las entidades sobre la propia estabilidad a largo plazo de la sociedad”.

“Estructuras accionariales con predominancia de inversores a corto o especulativos tienden a presionar a los órganos de gestión para que adopten políticas de concesión de préstamos, de reparto de dividendos y de remuneraciones más agresivas y arriesgadas que los grupos de accionistas a largo plazo”.