Las empresas tendrán seis meses para publicar su registro salarial

LEY DE IGUALDAD EN EL TRABAJO/ El Consejo de Ministros da luz verde a dos reales decretos con los reglamentos de los planes de igualdad y las tablas de transparencia retributiva.

El Consejo de Ministros aprobó ayer dos reales decretos que desarrollan la Ley de Igualdad Laboral y contienen los reglamentos de los planes de igualdad y las tablas de transparencia retributiva, “para ayudar a aflorar desigualdades en el mundo del trabajo y dotar de herramientas a los trabajadores para eliminarlas”. Así lo explicó en la rueda de prensa posterior al cónclave ministerial la titular de Igualdad, Irene Montero, junto a la de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, quien añadió que la desigualdad laboral de género supone “una aberración democrática que excluye, diferencia y vulnera los derechos de las mujeres”. “Se acabó que las mujeres cobren menos que los hombres”, retó Díaz.

La titular de Trabajo aseguró que con los registros retributivos va a “aflorar la desigualdad”, dando la “herramienta” a los trabajadores para que puedan denunciar, lo que puede conllevar multas de hasta 187.000 euros para las empresas infractoras en la Inspección de Trabajo.

Díaz señaló que se considerará “infracción muy grave” el no contribuir a reducir la diferencia salarial entre hombres y mujeres, lo que conllevará una sanción de hasta 187.000 euros. En concreto, de entre 6.251 y 187.000 euros.

Actualmente, recordaron, la brecha salarial en España ronda el 22% y, en muchos casos, ni se conocen dónde están esas desigualdades.

El reglamento para la igualdad retributiva establece para todas las empresas de más de 50 trabajadores la obligación de tener un registro retributivo para advertir si existe hipervaloración o infravaloración del puesto según el género, para lo que contarán con seis meses desde la entrada en vigor del decreto, previsiblemente, mañana.

Diagnóstico

Las empresas deberán elaborar un plan de igualdad y realizar una auditoría retributiva, es decir, un diagnóstico de la situación retributiva y un plan de acción para corregir diferencias y prevenirlas. Los planes estarán vigentes según pacten las partes y por un máximo de cuatro años, pero una vez aprobados seguirán activos aunque la empresa reduzca su plantilla por debajo de los 50 trabajadores.

El registro, que podrá ser consultado por todos los trabajadores de la empresa, deberá contar con información retributiva desagregada por sexos de toda la plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos, desglosada y promediada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor, e incluyendo salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales.

A su vez, desde los Ministerios de Trabajo e Igualdad se desarrollará, por orden ministerial, las herramientas modelo que podrán ser utilizadas de forma gratuita por las empresas para el registro retributivo y valoración de los puestos de trabajo con el objetivo de tener una información desglosada por clasificación profesional y por trabajos de igual valor.

A esta herramienta se agarró ayer Díaz, preguntada por el coste para las empresas de las auditorías. “Es como preguntar por el coste de la democracia”, planteó, y conminó a no hablar de costes cuando se trata de igualdad.

El segundo Decreto introduce más requisitos en los planes de igualdad, que deben elaborar las empresas de 50 o más trabajadores. Se refuerza el carácter negociado que deben tener los planes, por lo que se establecen reglas de legitimación y se clarifica el procedimiento de negociación, particularmente en aquellas empresas que no tienen representantes legales. El reglamento entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE y no ha contado con el apoyo de CEOE.

Corrección

También deben contemplar las retribuciones, la infrarrepresentación femenina si la hubiera, y los planes de Prevención del acoso sexual y por razón de sexo. Si el resultado del diagnóstico del plan pusiera de manifiesto la infrarrepresentación de personas de un sexo determinado en determinados puestos o niveles jerárquicos, los planes de igualdad deberán incluir medidas para corregirla. Estos planes deberán registrarse obligatoriamente en el registro de convenios colectivos.

Además, los reglamentos establecen que las comisiones negociadoras de los convenios colectivos deben asegurarse de que se respetan los criterios para una adecuada valoración de los puestos de trabajo.

Por su parte, Montero advirtió del riesgo de que, sin políticas públicas, las mujeres pierdan derechos conquistados en esta crisis del coronavirus. Y señaló que aunque estos reglamentos son “un paso de gigante” para atajar las desigualdades que sufren las mujeres “no basta” sólo con esto y hay que “atajar” lo que pasa fuera del trabajo, en alusión a las cargas en los cuidados familiares, para atajar lo que ocurre dentro.

Díaz defendió que estas dos normas suponen una “herramienta” para los trabajadores que les permitirá conocer si hay diferencias retributivas en puestos equivalentes, dado que las reclamaciones acerca de la desigualdad retributiva por género son “muy escasas”. Además, la ministra señaló que, si las hay, con estas normas “se altera la carga de la prueba” de la brecha salarial y habría una “vía” para poder defender que no haya esas diferencias.